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SUCESIONES Y HERENCIAS

Aceptación de herencia

Notario Aceptación de herencia

Infórmate sobre los trámites de aceptación de herencia

La aceptación de la herencia tiene importantes repercusiones en tu patrimonio, fiscalidad, derechos y obligaciones. En Notaría Rueda te asesoramos sobre la aceptación de herencia en Vigo para hacer valer tus derechos y formalizar la escritura de aceptación si decides realizarla.

¿Qué es la aceptación de herencia?

Es un acto libre e irrevocable por el que cada uno de los herederos legítimos de un fallecido toma la decisión de aceptar la herencia y así lo hace constar. La aceptación no implica recibir la herencia y ser propietario de los bienes del finado, que no tendrá lugar hasta la partición o adjudicación de la herencia. 

 

Documentación necesaria para formalizar una escritura de aceptación y adjudicación de herencia en Vigo

  • DNI, NIE o pasaporte

    Original y en vigor de los herederos y legatarios

  • Certificado de defunción

  • Certificado de últimas voluntades

    Del fallecido

  • Copia auténtica del testamento

    Del causante

  • Escrituras

    De todos los bienes y derechos del causante

  • Último recibo del IBI

    En el caso de que en los bienes del causante haya inmuebles

  • Permisos de circulación y valoración de la Xunta de Galicia

    En caso de que en la relación de los bienes haya vehículos

  • Certificados bancarios

    Con información detallada de saldos y posiciones a fecha de fallecimiento del causante

  • Gastos de entierro y funeral

    Del causante si no han sido cubiertos por un seguro

  • Deudas

    Dejadas por el causante

  • Libro de familia

    Del fallecido, en caso de ser una herencia sin testamento

  • DNI del fallecido

    En su defecto, certificado de empadronamiento, en caso de ser una herencia sin testamento

  • Datos personales de dos testigos

    En el caso de una herencia sin testamento

  • Otros documentos

    En caso de ser necesarios el notario te informará

Aceptación de herencia

Plazos para aceptar herencias

Preguntas frecuentes

La escritura de aceptación y adjudicación de herencia es un documento público realizado ante notario que recoge la relación de herederos, de bienes y derechos dejados por el fallecido así como la suma de valores de los bienes y derechos y las cuotas o participación de cada heredero que se integran en sus respectivos patrimonios.

Si una persona no firma la aceptación de la herencia pero tampoco repudia la herencia puede ser interpelado por otro heredero, un acreedor o un legatario. La negativa a firmar no exime al heredero de sus derechos y obligaciones.

Si tienes derecho legítimo a la herencia o crees tenerlo, en cualquier momento siempre que hayan pasado 9 días desde el fallecimiento del causante.

Además de las tarifas de acudir a un notario y los trámites de la herencia, los costes de los abogados de herencias si intervienen para asesorarte así como el impuesto de sucesiones y, en caso de que como parte de la herencia haya un bien inmueble, el impuesto de plusvalía municipal y gastos de inscripción del inmueble en el Registro de la Propiedad.

Hay dos tipos: tácita cuando es llevada a cabo por alguien con cualidad de heredero y expresa cuando se hace de forma verbal o escrita en documento público o privado. Se puede aceptar la herencia mediante la aceptación pura y simple o elegir la aceptación a beneficio de inventario.

 

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