Notaría Rueda

ACTAS Y FIRMAS

Acta de notoriedad

Acta de notoriedad

Infórmate sobre todos los trámites para realizar un acta de notoriedad en Vigo

El acta de notoriedad es necesaria para determinados procedimientos en que es preciso validar una declaración. Somos una notaría especializada en formalizar actas de notoriedad y te asesoramos para hacer valer tus derechos.

¿Qué es un acta de notoriedad?

Es un acta en la que el notario da garantía de la constatación de hechos o percepciones observados por el notario tras la comprobación y fijación de hechos notorios sobre los cuales pueden ser fundados y declarados derechos y legitimadas situaciones personales o patrimoniales, con trascendencia jurídica, que no califican como actos y contratos. 

Documentación necesaria para formalizar un acta de notoriedad

  • DNI

    Original y en vigor si es una persona con nacionalidad española.

  • NIE y pasaporte

    Ambos en vigor, si es una persona con nacionalidad extranjera.

  • Otros documentos

    Que acrediten el hecho cuya notoriedad se pretende, el notario puede solicitar documentos concretos e informaciones que estime oportunas.

Acta de notoriedad

Trámites para hacer un acta de notoriedad

Preguntas frecuentes

Este acta notarial sirve para diversas cuestiones en las que una persona o varias personas necesitan dejar constancia de unos hechos, generalmente para hacer valer unos derechos, siempre que sea posible para el notario verificar que los hechos o situaciones declaradas son reales. 

Por ejemplo, es muy frecuente para acreditar la situación personal o patrimonial de una persona, para identificar la vivienda habitual de la misma, identificar los herederos de una declaración de herederos abintestato, para la inmatriculación de fincas o para acreditar la carencia de arrendamientos en inmuebles, entre otras. 

Depende de distintos factores, que hacen que sea muy variable.

El coste incluye el precio del arancel notarial, un coste variable según el número de folios necesarios así como sus copias y el IVA. Según sea preciso para comprobar y certificar la veracidad de las situaciones personales o patrimoniales puede ser necesario desplazamientos que implican un coste añadido. 

Las pruebas pueden ser de diferentes tipos y es el notario quien te indicará en tu caso las necesarias. No obstante, es recomendable acudir a notaría con todas las pruebas que a nivel personal consideres que pueden ayudarte, como la posesión de escrituras públicas, certificados expedidos por alguna administración, pruebas testificales, pruebas de pago de suministros de un inmueble, entre otros. 

También es posible que se considere precisa la entrevista y declaración de testigos que tengan conocimiento de los hechos o por su situación personal o patrimonial puedan aportar información de valor. 

Es un documento público realizado ante notario que permite determinar siempre, de conformidad con la legislación civil aplicable, quién o quiénes son los herederos de una determinada persona fallecida cuando esa persona no ha otorgado testamento en vida. También determina sobre esos herederos en qué proporción lo son, según lo que la ley indica y recoge. 

Dependiendo del contenido del acta, puede tributar por ITP o AJD, pero existen determinadas exenciones en cuyo caso no se requiere tributar por el acta de notoriedad. 

El notario realiza el acta de notoriedad tras realizar las comprobaciones y pruebas que considere oportunas, y una vez realizado tiene el valor de ser una prueba de manera incontestable el hecho que constituye su objeto. No es discutible, ni siquiera en sede judicial, salvo que se presente una querella de falsedad, lo que obligaría a comprobar nuevamente la veracidad o no de los hechos o situaciones recogidas en el acta notarial tal y como estime oportuno el Juez del caso. 

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